Factura Electrónica 4.0
Este 2022 entró en vigor una nueva versión de facturación electrónica en México: el CFDI 4.0, con el que el SAT busca responder al principio de simplificación de procesos inmerso en la Miscelánea Fiscal 2022.
Este nuevo formato del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI 4.0) sustituyó a la versión 3.3 que estuvo vigente desde el 2017.
Y aunque los cambios no son tan profundos, sí deben ser del conocimiento de los contribuyentes, ya que a partir del 1 de enero del 2023, quienes no se ajusten al nuevo esquema no podrán emitir su facturación electrónica.
¿Cuáles son estos cambios? ¿Ya son obligatorios? Veamos estos y otros puntos básicos en nuestra breve entrega dedicada al CFDI 4.0.
¿Qué es el CFDI 4.0?
El CFDI 4.0 corresponde a la nueva versión del Comprobante Fiscal Digital por Internet, a través de la cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) busca:
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Obtener más detalles sobre la información de los contribuyentes
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Conocer el Régimen Fiscal al que pertenecen y su actividad económica
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Fortalecer el timbrado electrónico
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Mayor control y simplificación de los procesos en sintonía con los principios rectores de la Reforma Fiscal 2022.
¿Cuáles son los principales cambios respecto a la anterior versión? (CFDI 3.3)
En resumen, estos son los cambios que cursan con la entrada en vigencia del nuevo CFDI 4.0.
Podrás corroborar toda esta información en el sitio oficial del SAT.
1. Cambios generales del CFDI 4.0
A partir del 2023, será obligatorio incluir estos elementos en la facturación electrónica:
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Nombre (o denominación) tanto del emisor como receptor, así como su domicilio fiscal.
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El RFC, régimen fiscal y código postal del receptor.
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Campos para informar cuando la operación involucre exportación, incluso si es de carácter temporal.
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Nuevos campos para informar si la operación que da lugar al CFDI involucra impuestos indirectos.
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Apartados (nodos) para reportar datos por facturación al público en general o a cuenta de terceros.
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La periodicidad, en las facturas globales.
2. CFDI para retenciones e información de pagos
Respecto al comprobante para retenciones que sirve para dejar constancia de este tipo de operaciones e informar pagos en el caso de contribuyentes con residencia en el extranjero, también es objeto de ligeros cambios:
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Se actualiza a la versión 2.0
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Será obligatorio indicar nombre y domicilio fiscal del emisor y el receptor
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Se habilita un nodo que hace posible relacionar a otros CFDI
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Nuevos campos para indicar el régimen fiscal y lugar de emisión.
3. Complemento para recepción de pagos
El llamado complemento para recepción de pagos, que se emite junto al CFDI de recepción de pagos en caso de parciales o diferidos, también ocupa ciertos cambios:
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Se actualiza a la versión 2.0
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Nuevos campos para detallar si los pagos amparados por el CFDI son objeto de impuestos.
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Se incluye un nuevo campo para indicar importes totales de pagos recibidos, con detalle de impuestos retenidos o trasladados.
4. En cuanto a la cancelación de facturas
Ahora, dentro de un plazo establecido, es posible cancelar los CFDI indicando el motivo dentro de cuatro posibles opciones.
Si se elige la clave 01: Comprobante emitido con errores con relación deberá relacionarse con el folio fiscal del nuevo CFDI que reemplaza al cancelado.
Aviso Importante
En cumplimiento de la Modificaciones al Código Fiscal, Ley de Impuesto Sobre la Renta y la Resolución de Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2014, se le informa que es necesario contar con un contrato de prestación con usted y el Proveedor Autorizado de Comprobantes Fiscales; por lo que se pone a su disposición el siguiente medio para que conozca y suscriba el referido documento.
Este procedimiento se realizará por única ocasión, de modo que después de realizalo, continuará realizando sus operaciones del modo acostumbrado.
Es necesario que cuente con sus archivos ..cer y .key de la FIEL.
Información de facturación
Consulta de accesos al WEBSERVICE de timbrado
Solo ingresa tu RFC y verifica el estatus de cada timbre
Timbrado: Registro correcto del timbre.
Cancelación: Timbre cancelado por el usuario.
Intento: Registro del timbre incorrecto.
A través de esta opción, Usted podrá verificar si el comprobante fue Certificado por el SAT
La “Lista de Contribuyentes” o “LCO”
es una lista emitida por el SAT con la finalidad de validar la situación del CSD (Certificado de Sello Digital del Contribuyente. En pocas palabras, si tu RFC y/o Certificado no están en la LCO NO PUEDES SOLICITAR TIMBRES y por lo tanto tampoco generar CFDI.
- Validez de Obligaciones cuyos valores pueden ser:
• 0.- Valido
• 1.- No Valido
- Estatus del Certificado cuyos valores pueden ser:
• A.- Activo
• C.- Cancelado
• R.- Revocado